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martes, 31 de mayo de 2016

Moratoria fiscal, con perdón de multas y planes de 60 cuotas

El proyecto de ley que incluye la normalización de los haberes jubilatorios, la pensión por la vejez y el blanqueo de capitales también prevé establecer una moratoria general de los principales impuestos nacionales –con condonación de multas y punitorios y un plan de pagos de la AFIP de hasta 60 cuotas.
El proyecto propone la creación de una comisión para la reforma tributaria a la que el Poder Ejecutivo le “sugerirá” reinstaurar el impuesto a la herencia, que actualmente lo manejan las provincias.
También se establecer un tratamiento preferencial para los cumplidores que estén al día con sus impuestos, a quienes se los eximirá de pagar el impuesto a los bienes personales de 2016-2018, una vez que consigan un certificado de parte de la AFIP. También, cuando esté vigente la ley, estos contribuyentes podrán dejar de pagar los anticipos del actual período fiscal.
El otro beneficio es que los anticipos de ganancias podrán financiarse con el pago en cuatro cuotas.
El especialista en derecho tributario Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ consideró que en líneas generales, el proyecto está “bien orientado”. Explicó que “el plazo de regularización está muy bien y es atractivo. Lo bueno para quien se acoge, además del plazo, es que se le condonan multas, sanciones penales y los intereses, ya que no pueden superar el 100% de capital, y además en el caso de las pymes no pueden superar el 30% del capital”.
Sin embargo, el especialista objetó que “cuando las obligaciones a regularizar están en discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial, el contribuyente tenga que asumir el pago de las costas y gastos causídicos”. Desde su punto de vista “en muchas oportunidades, quienes regularizan lo hacen para cerrar un foco de conflicto que puede no salir bien en la Justicia, aunque uno esté seguro de que tiene razón para litigar. Entonces, tal vez el contribuyente tiene que hacerte cargo de los gastos del juicio, cuando todos se benefician por el fin del litigio”.