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sábado, 4 de marzo de 2017

Se deberá emitir factura electrónica para alquileres de casa habitación

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece la obligatoriedad, por parte del locador, de emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar las operaciones de locación de inmuebles destinados a casa habitación del locatario.

La decisión se dio a conocer a través de la resolución general 4004 publicada en el Boletín Oficial.

Están alcanzados por las disposiciones de esta resolución general, los comprobantes que se detallan a continuación:

a) Facturas y recibos clase “B”.
b) Notas de crédito y notas de débito clase “B”.
c) Facturas y recibos clase “C”.
d) Notas de crédito y notas de débito clase “C”.

La solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos originales, deberá ser efectuada por cada punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para documentos que se emitan por otros medios.

Vigencia
Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia desde el día de hoy.

No obstante, respecto de los sujetos encuadrados en las categorías F y G del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), serán de aplicación para los comprobantes que se emitan a partir del 1 de junio de 2017, inclusive.